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Modelo 721: cómo declarar criptomonedas en el extranjero

El modelo 721 es la declaración informativa que exige Hacienda para los criptoactivos custodiados en el extranjero. Si tienes más de 50.000 euros en un exchange fuera de España, esto te afecta directamente.

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El modelo 721 entró en vigor en enero de 2024. Su objetivo es sencillo: la Agencia Tributaria quiere saber qué criptoactivos tienen los residentes fiscales en España custodiados fuera del país. Si superas el umbral de 50.000 euros en saldo medio del cuarto trimestre o en saldo a 31 de diciembre, estás obligado a presentarlo. No hacerlo tiene consecuencias serias.

Este artículo explica qué es el modelo 721, quién debe presentarlo, cómo se calcula el umbral y qué errores cometen quienes lo ignoran. Si quieres entender cómo tributar también las ganancias en el IRPF, tenemos una guía completa sobre cómo declarar criptomonedas en España según Hacienda.

Qué es el modelo 721 y por qué existe

El modelo 721 es una declaración informativa, no liquidatoria. Eso significa que no pagas impuestos al presentarlo. Lo que haces es informar a Hacienda de que tienes criptoactivos en el extranjero.

Nació como el equivalente cripto del modelo 720, que ya existía para cuentas bancarias, acciones e inmuebles en el extranjero. La lógica es la misma: el fisco necesita visibilidad sobre activos que escapan a su radar habitual. Un exchange como Coinbase o Kraken, aunque tenga presencia en Europa, puede no estar domiciliado fiscalmente en España, y eso lo convierte en "extranjero" a efectos del 721.

La base legal es la Ley 11/2021 de medidas de prevención del fraude fiscal, que actualizó la normativa para incluir los criptoactivos de forma explícita. El desarrollo reglamentario que fijó los detalles del modelo 721 llegó después, con la Orden HFP/887/2023.

Quién está obligado a presentarlo

Debes presentar el modelo 721 si cumples todas estas condiciones al mismo tiempo:

  • Eres residente fiscal en España.
  • Tienes criptoactivos custodiados por un proveedor establecido fuera de España.
  • El valor conjunto supera los 50.000 euros, calculado como el mayor entre el saldo medio del cuarto trimestre del año y el saldo a 31 de diciembre.

El umbral de 50.000 euros se aplica por conjunto de criptoactivos, no por activo individual. Si tienes 30.000 euros en bitcoin y 25.000 euros en USDT en el mismo exchange, sumas 55.000 euros y estás dentro del umbral.

No estás obligado si custodiás tus criptomonedas en una wallet propia (hardware wallet o software wallet sin intermediario). En ese caso no hay un "custodio" en el extranjero: tú mismo tienes las claves privadas. Sí estás obligado si usas un exchange extranjero que custodia tus activos.

Cómo se calcula el valor de los criptoactivos

Hacienda exige usar el valor de mercado en euros a la fecha de referencia. Para el saldo a 31 de diciembre, usas la cotización de cierre de ese día. Para el saldo medio del cuarto trimestre, calculas el promedio del valor de mercado a cierre de cada día entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

En la práctica, la mayoría de contribuyentes usa el saldo a 31 de diciembre como referencia principal, porque es el dato más sencillo de obtener. Pero Hacienda compara ambos y toma el mayor. Si el mercado subió mucho en octubre y noviembre y bajó en diciembre, el saldo medio podría ser mayor que el saldo final.

Conviene exportar el historial de tu exchange con los valores en euros. Plataformas como CoinGecko publican precios históricos verificables que puedes usar como referencia para hacer el cálculo.

Plazo de presentación

El modelo 721 se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que se declara. Para los criptoactivos del ejercicio 2025, el plazo fue del 1 de enero al 31 de marzo de 2026. Si lo perdiste, presentarlo fuera de plazo lleva sanciones, aunque siempre es mejor hacerlo tarde que no hacerlo.

La presentación es telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Qué información se declara

El modelo 721 pide, para cada tipo de criptoactivo en cada entidad custodio:

  • Nombre y código identificador del criptoactivo (BTC, ETH, USDT, etc.).
  • Nombre y país de la entidad que custodia los activos.
  • Número de unidades a 31 de diciembre.
  • Valoración en euros a esa fecha.

Si tienes criptoactivos en varios exchanges extranjeros, debes declarar cada uno por separado, aunque el umbral de 50.000 euros se evalúa sobre el total conjunto.

Sanciones por no presentarlo o hacerlo mal

Aquí está la parte que más preocupa a los contribuyentes. La sanción mínima por no presentar el modelo 721 es de 10.000 euros. Por cada dato omitido o falso, la multa es de 5.000 euros, con un mínimo de 10.000 euros por declaración.

Si presentas el modelo fuera de plazo pero de forma voluntaria (sin requerimiento previo de Hacienda), la sanción es menor: 100 euros por dato, con un mínimo de 1.500 euros. Presentarlo tarde, aunque cueste dinero, es mucho mejor que no presentarlo.

Hacienda tiene acceso creciente a datos de exchanges europeos a través de la DAC8, la directiva de intercambio automático de información fiscal entre países de la UE. Eso reduce las posibilidades de pasar desapercibido. El marco europeo MiCA también exige que los proveedores de criptoactivos registren y compartan información con los reguladores nacionales.

Casos frecuentes y dudas habituales

¿Un exchange europeo con licencia MiCA en España cuenta como "extranjero"? Depende de dónde esté domiciliada fiscalmente la entidad que custodia tus activos. Si el contrato es con una sociedad domiciliada en España, no aplica el 721. Si el contrato es con una sociedad irlandesa, alemana o de cualquier otro país aunque tenga sede en Madrid, sí aplica.

¿Las stablecoins cuentan? Sí. Un saldo de 60.000 euros en USDT en Binance (domiciliado fuera de España) entra en el modelo 721. La naturaleza del activo no importa: lo relevante es que es un criptoactivo custodiado en el extranjero. Para entender bien qué es el USDT y cómo funciona Tether, puedes leer nuestra guía sobre Tether.

¿Si ya lo declaré el año pasado, tengo que volver a hacerlo? Sí, si sigues superando el umbral de 50.000 euros. El modelo 721 es anual. Solo puedes omitirlo si el valor de tus criptoactivos no ha variado en más de un 20% respecto al ejercicio anterior ya declarado, pero incluso en ese caso muchos asesores recomiendan presentarlo para evitar discusiones.

El modelo 721 y el modelo 720: diferencias clave

El modelo 720 cubre cuentas bancarias, valores, acciones e inmuebles en el extranjero. El modelo 721 cubre exclusivamente criptoactivos. Son declaraciones distintas y se presentan por separado.

Una diferencia importante: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anuló en 2022 parte del régimen sancionador del modelo 720 por considerarlo desproporcionado. El modelo 721 tiene un régimen sancionador propio, aprobado después de esa sentencia, que intenta ser más proporcional, aunque las multas siguen siendo elevadas.

Qué debes hacer ahora

Si tienes criptoactivos en exchanges extranjeros y el valor supera o podría superar los 50.000 euros, estos son los pasos prácticos:

  • Exporta el historial de saldos de cada exchange a 31 de diciembre del ejercicio que quieres declarar.
  • Calcula el valor en euros usando precios de mercado de fuentes verificables.
  • Identifica si la entidad custodio está domiciliada fiscalmente en España o en el extranjero.
  • Si superas el umbral, presenta el modelo 721 antes del 31 de marzo del año siguiente.
  • Guarda todos los documentos justificativos: capturas de pantalla, exportaciones CSV, precios de referencia usados.

La normativa es nueva y los criterios de la Agencia Tributaria sobre algunos casos concretos todavía no están del todo consolidados. Consultar con un asesor fiscal especializado en criptomonedas antes de presentar el modelo es la decisión más prudente si tienes dudas sobre tu situación específica.

⚠ Aviso legal: La información de este artículo tiene fines educativos y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Las criptomonedas son activos volátiles y puedes perder todo el capital invertido. La normativa fiscal cambia: verifica siempre los datos vigentes con la Agencia Tributaria o un asesor profesional antes de tomar decisiones.