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Modelo 100 y criptomonedas: qué incluir en el IRPF

El modelo 100 es la declaración de la renta donde Hacienda espera que incluyas tus ganancias y pérdidas con criptomonedas. Saber qué casillas usar y en qué orden puede ahorrarte más de un disgusto.

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El modelo 100 es la declaración del IRPF que presentas cada primavera ante la Agencia Tributaria. Si has comprado, vendido, canjeado o recibido criptomonedas durante el año anterior, ese movimiento tiene que aparecer ahí. No en una declaración separada, no en un formulario especial: en el mismo modelo de siempre, en casillas concretas.

La confusión más habitual es pensar que cripto es algo aparte. No lo es. La Agencia Tributaria trata los criptoactivos como activos financieros, y las operaciones que generas con ellos se reflejan en el mismo documento que cualquier venta de acciones o fondo de inversión.

Qué operaciones debes declarar en el modelo 100

No todas las operaciones con criptomonedas generan una obligación inmediata de declarar. Comprar bitcoin con euros no tributa. Mantenerlo tampoco. El hecho imponible aparece cuando transmites el criptoactivo: lo vendes, lo cambias por otro token, lo usas para pagar o lo donas.

Estas son las operaciones que sí entran en el modelo 100:

  • Venta de criptomonedas a cambio de euros u otra moneda fiat.
  • Intercambio de un criptoactivo por otro (por ejemplo, BTC por ETH). Hacienda lo trata como venta y recompra simultánea.
  • Pago de bienes o servicios con criptomonedas.
  • Recompensas del staking y del lending, que tributan como rendimiento del capital mobiliario en el momento de recibirlas.

Las recompensas del staking merecen una mención aparte. Si haces staking de Ethereum o de Solana, Hacienda no espera a que vendas las recompensas: tributan en el año en que las recibes, al valor de mercado en ese instante. Puedes consultar cómo se calcula esto en detalle en nuestra guía sobre cómo tributan las recompensas del staking en el IRPF.

En qué casillas va cada tipo de renta

Aquí está el nudo práctico. El modelo 100 tiene dos bloques donde pueden caer las rentas cripto, y usar el equivocado puede costar dinero o generar un requerimiento de Hacienda.

Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones. La venta o el intercambio de criptomonedas va en la base del ahorro, junto a las ganancias de acciones. Las casillas del borrador de Renta que corresponden a estas transmisiones están agrupadas bajo el epígrafe de ganancias patrimoniales con período de generación superior a un año (o inferior, si llevas menos de 12 meses con el activo, aunque en la práctica la distinción entre corto y largo plazo en el ahorro desapareció con la reforma de 2015). Desde el ejercicio 2022, las casillas 1626, 1627 y siguientes son las que el borrador reserva para "otros elementos patrimoniales", donde entran los criptoactivos.

Rendimientos del capital mobiliario. Las recompensas de staking, los intereses de lending cripto y los airdrops que se interpretan como contraprestación van aquí. Casillas alrededor de la 0033 en el bloque de rendimientos del capital mobiliario. El tipo impositivo es el mismo que en las ganancias patrimoniales del ahorro: entre el 19% y el 28% según tramos, con el tramo del 28% aplicándose a partir de 300.000 euros de base liquidable del ahorro.

Si no ves estas casillas en tu borrador, es porque Hacienda no sabe que tienes operaciones. El borrador nunca llega completo en casos de cripto. Tienes que añadir los datos a mano o a través del software de renta.

Cómo se calcula la ganancia: el criterio FIFO

Antes de saber qué número escribir en la casilla, necesitas calcular la ganancia o pérdida de cada operación. Hacienda aplica el criterio FIFO (First In, First Out): las primeras unidades que compraste son las primeras que considera vendidas.

Si compraste 1 BTC en enero de 2023 a 25.000 euros y otro en octubre de 2024 a 60.000 euros, y vendes 1 BTC en 2025 a 90.000 euros, Hacienda calcula la ganancia usando el primero que compraste: 90.000 - 25.000 = 65.000 euros de ganancia. No puedes elegir usar el de octubre para pagar menos impuestos. Tenemos una explicación completa de este mecanismo en el artículo sobre el criterio FIFO en cripto y cómo lo aplica Hacienda.

Este criterio se aplica por tipo de activo. Las ventas de BTC computan con el stock de BTC en orden cronológico; las de ETH, con el de ETH. No se mezclan activos distintos.

Compensar pérdidas dentro del modelo 100

Si el año fue malo y cerraste operaciones en negativo, esas pérdidas no desaparecen. Puedes usarlas para reducir la factura fiscal, siguiendo reglas que el modelo 100 aplica de forma automática si los introduces correctamente.

Las pérdidas patrimoniales de transmisiones de criptoactivos compensan primero las ganancias de la misma naturaleza. Si queda saldo negativo, hasta el 25% puede compensarse con rendimientos del capital mobiliario positivos. El resto se puede arrastrar cuatro años. El límite del 25% y el plazo de cuatro ejercicios son los que fija la Ley del IRPF (artículo 49), y no han cambiado en las últimas revisiones.

Errores frecuentes al presentar el modelo 100 con cripto

Tres fallos aparecen en la mayoría de declaraciones con incidencias.

El primero es aceptar el borrador sin revisar. El borrador de Renta que Hacienda genera automáticamente no incluye las operaciones de criptomonedas porque los exchanges no tienen obligación legal de comunicarlas de forma individual (esa obligación llegó para entidades residentes en España con la Ley 13/2023, pero la comunicación se hace por saldos, no por cada transacción). Si aceptas el borrador tal cual y tienes ganancias cripto, estarás presentando una declaración incompleta. Eso es regularizable con sanción.

El segundo error es no declarar los intercambios entre tokens. Cambiar BTC por ETH no es "no hacer nada". Es una transmisión que genera ganancia o pérdida en el instante del cambio, aunque no hayas tocado euros en ningún momento.

El tercero es olvidar el modelo 721. Si en algún momento del año tuviste más de 50.000 euros en criptoactivos custodiados fuera de España (en un exchange extranjero, por ejemplo), tienes una obligación informativa adicional con el modelo 721, que se presenta en el primer trimestre del año siguiente. Esa declaración no paga impuestos, pero su ausencia tiene sanciones propias. Lo explicamos con detalle en nuestra guía sobre el modelo 721 para criptomonedas en el extranjero.

Qué documentación necesitas antes de sentarte a declarar

Para rellenar el modelo 100 con criptomonedas necesitas un historial completo de operaciones: fechas de compra, precios de adquisición en euros, fechas de venta y precios de transmisión en euros. Los exchanges suelen ofrecer un CSV exportable con este historial. Si usaste varios exchanges, tienes que consolidarlos.

El problema real aparece con las transferencias entre wallets propias. Si mandas BTC de Binance a una hardware wallet, eso no es una venta y no tributa. Pero si no tienes registro de ese movimiento, el software de cálculo puede interpretarlo como una transmisión y sobrestimar tus ganancias.

Herramientas como Koinly, CoinTracking o Taxfix permiten importar los CSV de varios exchanges y calcular la base imponible en formato FIFO, con exportación directa a los formatos que acepta la Agencia Tributaria. No son sustitutos de un asesor fiscal, pero sí ahorran horas de cálculo manual si tienes decenas de operaciones.

Cuándo conviene ir a un asesor fiscal

Si solo compraste y vendiste en un único exchange con pocas operaciones, puedes hacer la declaración tú mismo con el historial en mano. Pero hay situaciones donde conviene sentarte con un profesional: operaciones de staking con recompensas frecuentes, uso de protocolos DeFi con liquidez concentrada, minería, o pérdidas que quieres arrastrar correctamente varios ejercicios.

La normativa de criptoactivos en España lleva varios años consolidándose, pero todavía hay criterios que no están completamente fijados por la jurisprudencia. Un asesor con experiencia cripto puede marcar la diferencia entre una declaración robusta y una que, dos años después, recibe un requerimiento de Hacienda.

⚠ Aviso legal: La información de este artículo tiene fines educativos y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Las criptomonedas son activos volátiles y puedes perder todo el capital invertido. Consulta con un profesional antes de tomar decisiones.